Introducción:
El Decreto Nº 14/2020 Art. 3° establece que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino solamente en el Incremento Solidario.
Para hacer uso de este beneficio deberán utilizar el servicio “Declaración en Línea”
Configuración:
El concepto INCREMENTO SOLIDARIO, deberá ser configurado de la siguiente forma:
- Ingresar a Archivos > Conceptos
- Localizar el concepto Incremento solidario
- Solapa exportación sijp/Libro de sueldos digital
- Tildar: Remuneración 11
- Tipo SIJP: seleccionar incremento salarial
En ese caso de que no tengan el beneficio (certificado mipyme), deberán configurar el concepto como de tipo SIJP: "sueldo + adicionales" y NO tildar la REMUMNERACIÓN 11.
Funcionalidad:
Se incorpora los siguientes 2 nuevos procesos correspondientes a la nueva versión del sicoss:
- Módulo Sueldos > Procesos > Exportación SICOSS (Web) > Standard Versión 42
Cómo impacta en el Sicoss según la configuración:
- Si el concepto presenta el campo Remuneración 11 tildado, acumulará la diferencia entre el campo haber y el campo deduc y será informada en el campo - Remuneración Imponible 11
- Si el concepto presenta el campo tipo SIJP el valor Incremento Salarial, se llevarán las siguientes tareas:
- Se acumulará la diferencia entre el campo haber y el campo deduc, y la misma será informada en el campo - Incremento Salarial
- Si concepto se encuentra a su vez configurado como Remuneración Imponible, no será contemplado para la remuneración imponible 2
- Si concepto se encuentra a su vez configurado como Remuneración Imponible, no será contemplado para la remuneración imponible 3
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