Introducción:
El decreto 332/2020 (modificado por decreto 376/2020 publicado en el boletín oficial el 19 abril
de 2020), establece que uno de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al
Trabajo y la Producción (ATP) consistirá en la obtención de un Salario Complementario: asignación
abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de
dependencia del sector privado.
En el primer punto se estará viendo el concepto que se utilizará para dicho beneficio en la liquidación de sueldos.
En el segundo punto el Programa ATP deja disponible un archivo .CSV en el cual explicaremos cómo transformar dicho archivo para que pueda ser importado en el sistema de Aipem
El tercer punto será exclusivo para las empresas que presentan libro de sueldos digital
A continuación figuran los siguientes puntos:
- Alta de Concepto de Retención Decreto 332/2020
- Cómo llevar el formato del Decreto para poder importarlo como novedades de sueldos
- Temas a tener en cuenta para Libro de Sueldos Digital
1. Alta de concepto de Retención Decreto 332/2020
A continuación explicaremos como dar de alta el concepto de retención.
Crear un concepto teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
- Debe ser una RETENCIÓN por lo que el código de Concepto debe ser entre 5000 y 9998
- Tipo = DEDUCCIÓN
- Calificación = RET
A continuación se muestra a modo de ejemplo como podría quedar configurado el concepto:
A continuación proponemos la siguientes fórmulas:
Fórmula:
Rec_valunit
Dicho campo traerá lo que figure en el campo Valor Unitario de Personal->Solapa Sueldos -> Subsolapa Novedades
2. Cómo llevar el formato del Decreto para poder importarlo como novedades de sueldos
A continuación haremos un paso a paso de cómo generar el excel para poder importar en Personal->Solapa Sueldos -> Subsolapa Novedades.
En caso de que desconozca el funcionamiento del importador de novedades para sueldos, dejamos el siguiente artículo Importador de Novedades para Sueldos
Pasos para transformar el excel:
- Desde el módulo Personal-> Reportes -> Listado Personalizado
- Seleccionar los campos LEGAJO y CUIL y el criterio de orden que sea Legajo
- Al excel generado le deberán sacar los - (guiones) del cuil
- Seleccionamos la columna entera de cuil y desde el botón Reemplazar o con las teclas rápidas (ctrl+L)
- A continuación
- El archivo tiene que tener los CUIL ordenados en forma descendiente. (sin esto el archivo no funciona)
- Descargar el archivo EMPLEADOS.CSV el cual contiene las siguientes columnas: Cuit del empleador, período liquidado, Cuil del empleado, Monto y Cbu
- Descargar el excel que se encuentra al pie del artículo llamado: Transforma Archivo.xls
- En la primera solapa vamos a pegar el excel exportado del sistema de Aipem generado en el punto 5 de este artículo
- En la segunda solapa copiamos lo del archivo empleados.csv descargado.
La tercera solapa llamada LLEVAR A NOVEDADES nos traerá los datos para realizar la importación de novedades.
Sólo deberá completar el código de Concepto generado para el decreto (en nuestro ejemplo es el 5500).
Recomendamos revisar el legajo de la primera columa, ver el cuil de la exportación de la solapa Expotación de Aipem y ese cuil deberá figurar en la solapa Archivo Empleados para ver si coincide. - Una vez que tiene armado el excel, solo resta COPIAR la información de la solapa LLEVAR A NOVEDADES
- Abrimos el archivo del importador de novedades para sueldos y PEGAR VALORES en la celda A2
Deberá quedar de la siguiente manera: - Luego vamos a COPIAR FORMATO de la primera fila
- Y lo aplicamos en todos los registros del excel
- Luego eliminamos la fila nro 1
- Importamos el archivo de novedades en el período deseado
3. Temas a tener en cuenta para Libro de Sueldos Digital
A continuación dejamos el acceso al pdf que brinda Afip para su configuración:
https://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/documentos/G24-Decreto-332-20.pdf
En caso de desconocer como dar de alta un CONCEPTO de AFIP dentro del rango exclusivo, a contiuación les dejamos el siguiente artículo: Cómo cargar un nuevo Concepto de AFIP en el rango exclusivo de AFIP
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