A continuación se verá como realizar la exportación ADENDA 2023 sugerimos leer el artículo en forma completa antes de realizar el paso a paso:
Temario:
- Introducción
- Pasos y Pantalla Adenda 2023
- Diferencias de las 2 modalidades de Adenda 2023
- Solo período vacacional 2023
- Incluir período vacacional 2022
- Tener en cuenta
A partir de la versión 5.8.4. REL 7 se encuentra en el módulo de Sueldos, menú Reportes, Adenda 2023
Para acceder a la versión, puede gestionarlo desde la mesa de ayuda.
1. Introducción
Considerando que los trabajadores de vigilancia han prestado y prestan un servicio esencial y del interés público, se pacta un adicional remunerativo, fijo, transitorio y extraordinario de $ 1.400 por cada día de vacaciones gozadas a partir del 1ero. de Julio de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023 y de $ 1.700 por cada día de vacaciones gozadas a partir del 1ero. de septiembre de 2023 con un tope máximo de 21 días.
2. Pasos y Pantalla Adenda 2023
Indicaremos los pasos y luego se ve cómo funciona la ventana general.
Los pasos son:
- Ejecutar el proceso de Adenda 2023
- Seleccionar la modalidad
- Verificar cuales son los empleados seleccionados
- Generar Novedades
- Seleccionar el concepto de Adenda
- Importar Novedades
A continuación mostraremos la Ventana de Adenda 2023 y luego se explicará las modalidades.
Recomendamos que lean atentamente cada modalidad.
A continuación vemos la pantalla de Adenda 2023
Seleccionar Solo período vacacional 2023 o Incluir período vacacional 2022. Luego veremos la diferencia
A continuación vemos los distintos botones y para que sirven.
Botón Detalle
Permite acceder a un detalle de la información utilizada para el cálculo del importe de la adenda. Debido a esto, se listan las vacaciones que cumplan las condiciones mencionadas, pero con la salvedad que no contempla únicamente el período actual, si no que contempla los periodos iguales o superiores al 07-2023.
Los campos listados son los siguientes:
- Legajo:Número de legajo correspondiente a empleado en cuestión
- Empleado: Apellido y nombre del empleado en cuestión
- Año:Año correspondiente al registro de vacaciones
- Período: Período calculado a través de la fecha de inicio y fecha de fin real correspondiente al registro de vacaciones. Recordar que si un registro de vacaciones contempla más de 1 mes calendario, el sistema generara 2 registros separados.
- Fecha de inicio y fecha de fin: Fecha de inicio y de fin de Vacaciones
- Cant. Original: Cantidad de vacaciones correspondiente al registro de vacaciones
- Cant. Adenda: Partiendo de la cantidad original de vacaciones, en esta columna se indica la cantidad de vacaciones imputadas para el calculo de la Adenda. Recordar que la Adenda tiene un limite máximo de 21 días.
Botón Exportar Detalle
La opción en cuestión generará una exportación a Excel de los registros listados en la grilla.
Botón Generar Novedades
Esta opción generará un archivo con formato Microsoft Excel, cuyo diseño respete el contemplado por el proceso del Importación de novedades.
Acorde el diseño en cuestión, a continuación se detallará la información indicada para cada una de las columnas:
- Legajo:Número de legajo, correspondiente al empleado en cuestión.
- Código de concepto:El concepto será solicitado al momento de ejecutar el proceso.
- Cantidad:Cantidad correspondiente a ADENDA 2023 (Acorde la modalidad seleccionada).
- Valor unitario:No se informará ningún valor
Durante la ejecución el sistema solicitará al usuario que seleccione un concepto, el cual será asociado a todos los registros exportados en ese momento.
El nombre del archivo generado, presentará la siguiente nomenclatura: adenda_MM-AA.xls
3. Diferencias de las 2 modalidades de Adenda 2023
Análisis:
A continuación analizaremos algunos puntos:
-
A partir de Julio 2023, se abonará $1400.- por cada día de vacaciones.
-
A partir de Septiembre 2023, se abonará $1700.- por cada día de vacaciones.
- Tope: 21 días
Es importante aclarar que en la Adenda 2021, mencionaba que: "...este adicional se aplicará sobre el período vacacional año 2021..."; en esta Adenda 2023, no hace dicha aclaración, entonces el proceso de la Adenda, va a contar con 2 modalidades:
- Solo período vacacional 2023
- Incluir período vacacional 2022
1. Sólo período vacacional 2023
Mencionaremos las condiciones mas destacadas en esta modalidad, luego se explicaran algunas mas.
- Período Vacacional = 2023 (cómo vemos en la imagen posterior)
- Las vacaciones sean cargadas con fecha igual o superior al 1 de Julio 2023
- No superar el tope de 21 días
A continuación se detallan todas las condiciones que debe cumplir:
- Presenten vacaciones gozadas (Personal, solapa vacaciones, subsolapa lic. anual, grilla inferior), cuya fecha de inicio y fin real:
- El período en cuestión debe ser igual o superior al 07-2023
- Fecha de inicio: 01/07/2023
- Las vacaciones gozadas en cuestión, deben corresponderse al año 2023.
- El campo cantidad presentará el siguiente funcionamiento y/o comportamiento:
- Informará la cantidad de vacaciones gozadas, correspondientes al período en cuestión ( Ej.: 07-23), siempre y cuando se cumplan las condiciones indicadas con anterioridad. Cabe aclarar que para casos donde la fecha de inicio y de fin, se encuentren comprendida por más de un período, únicamente se contemplarán las vacaciones correspondientes al período en cuestión (Ej.: Vacaciones gozadas desde 15/07/2023 al 15/08/2023, y se ejecuta el proceso ingresando al período 07-23, únicamente se informarán los primeros 15 días)
- Únicamente se informará el valor cantidad, cuando las vacaciones gozadas para períodos anteriores y para el período actual, NO superen los 21 días.
Entonces siguiendo el ejemplo:
Si seleccionamos la modalidad Sólo período vacacional 2023
Período Vacacional 2023: tenía pendientes 28 días y se toma 6 días de Julio.
Traerá la cantidad de 6 días.
Teniendo el tope de 21 días, entonces le quedarán pendientes de Adenda: 21-6 = 15 días
Tener en cuenta que si se cargan Vacaciones del año 2022 con fecha
a partir del 1/07/2023, las mismas no serán tenidos en cuenta en
esta modalidad. Recordar que siempre tiene que ser del año 2023.
2. Incluir período vacacional 2022
Mencionaremos las condiciones mas destacadas en esta modalidad, luego se explicaran algunas mas:
- Período Vacacional = 2022 y 2023 (cómo vemos en la imagen posterior)
- Las vacaciones sean cargadas con fecha igual o superior al 1 de Julio del 2023
- No superar el tope de 21 días
A continuación se detallan todas las condiciones que debe cumplir:
- Presenten vacaciones gozadas (Personal, solapa vacaciones, subsolapa lic. anual, grilla inferior), cuya fecha de inicio y fin real:
- El período en cuestión debe ser igual o superior al 07-2023
- Fecha de inicio: 01/07/2023
- Las vacaciones gozadas en cuestión, deben corresponderse al periodo vacacional igual o superior al año 2022.
- Si la funcionalidad de roles de sueldos se encuentra activo, el personal contemplado respetará el rol de sueldos asociado al operador en cuestión.
- El campo cantidad presentará el siguiente funcionamiento y/o comportamiento:
- Informará la cantidad de vacaciones gozadas, correspondientes al período en cuestión ( Ej.: 07-23), siempre y cuando se cumplan las condiciones indicadas con anterioridad. Cabe aclarar que para casos donde la fecha de inicio y de fin, se encuentren comprendida por más de un período, únicamente se contemplarán las vacaciones correspondientes al período en cuestión (Ej.: Vacaciones gozadas desde 15/07/2023 al 15/08/2023, y se ejecuta el proceso ingresando al período 07-23, únicamente se informarán los primeros 15 días)
- Únicamente se informará el valor cantidad, cuando las vacaciones gozadas para períodos anteriores y para el período actual NO superen los 21 días.
Entonces siguiendo el ejemplo:
Si seleccionamos la modalidad Incluir período vacacional 2023.
Vamos a cargar a modo de ejemplo, en el período vacacional 2022 y 2023. Si vemos las del 2023, son las mismas que estaba en el ejemplo de la otra modalidad.
- Período Vacacional 2022: tenía pendientes 14 días y se toma 10 días en Julio.
- Período Vacacional 2023: tenía pendientes 28 días y se toma 6 días de Julio.
Traerá la cantidad de: 16 días, del Período Vacacional: 2022, 10 días; del Período Vacacional: 2023, 6 días.
Si hacemos click en el detalle, se podrá ver el detalle.
4. Tener en cuenta
- Cada vez que el operador acceda a esta opción, el sistema lo notificará con los siguientes avisos:
- Los cambios por vacaciones posteriores a generar el archivo de Exportación ADENDA 2023, no se verán afectados.
- Tener en cuenta que el proceso de importación de novedades es acumulativo. Debido a esto, la importación consecutiva de uno o varios archivos, generarán nuevas novedades que se incorporarán a las ya existentes.
- Recomendamos que la importación del archivo generado por el proceso Exportación ADENDA 2023, sea el último proceso generado antes de efectuar la liquidación de sueldos.
-
Al momento de acceder al proceso, el sistema verificará que el período en el cual haya ingresado el usuario en cuestión sea igual o superior a Julio del 2023 (07-2023).
-
Componente de Seguridad: El acceso a esta nueva funcionalidad, se encontrará condicionado por el siguiente componente de seguridad: ADENDA3 - Adenda 2023
Comentarios
0 comentarios
Inicie sesión para dejar un comentario.